AOECS (Asociación de Asociaciones de Celíacos de Europa) celebra un acuerdo histórico sobre el etiquetado del gluten

El Codex Alimentarius (el organismo internacional de referencia en normas alimentarias de la FAO y la OMS) ha acordado unas nuevas directrices sobre el etiquetado precautorio de alérgenos, es decir, sobre las etiquetas del tipo «Puede contener…», advertencias que se utilizan de manera muy desigual según cada empresa.

 

¿Cuál es la novedad?

Por primera vez, estas directrices también incluyen los cereales con gluten dentro de este sistema internacional de evaluación del riesgo. Esto significa que las advertencias de «bote contener gluten» no se tendrían que poner por si acaso, sino solo cuando exista un riesgo real calculado científicamente.

¿Qué significa esto?

Con las nuevas directrices, antes de poner “Puede contener trazas de gluten” tendrán que demostrar que:

  • existe un riesgo real,
  • este riesgo supera un determinado nivel,
  • y se ha evaluado científicamente.

Reduciendo así las advertencias innecesarias.

 

Dosis de referencia 4 mg

El Codex establece una dosis de referencia de 4 mg de gluten. No significa que una persona con celiaquía pueda consumir 4 mg tranquilamente. Significa que esta es la cantidad de gluten que se utilizará para hacer los cálculos de riesgo cuando una empresa decida si tiene que poner o no uno «puede contener gluten». Hoy por hoy, hay empresas que ponen “puede contener gluten” simplemente porque comparten instalaciones, aunque el riesgo sea prácticamente inexistente.

La dosis de 4 mg solo se utilizará como cálculo por advertencia precautoria en la hora de etiquetar un producto como “bote contener gluten”. La definición “sin gluten” continúa siendo <20 ppm de gluten en lo Regalment Europeo.

 

También nos aseguramos que un producto que necesite llevar uno «puede contener gluten» no podrá etiquetarse a la vez como «sin gluten», mensaje contradictorio que generaba confusión, protegiendo así al consumidor.

 

Todavía quedan pasos por hacer

  1. La Comisión del Codex Alimentarius tiene que aprobar definitivamente estas directrices
  2. Después, cada país o región (como la Unión Europea) decidirá si las incorpora a su legislación.
  3. Finalmente, la industria tendrá que adaptar sus sistemas de evaluación del riesgo y el etiquetado.

Por lo tanto, es un cambio que probablemente se verá de manera progresiva en los próximos años. Desde la entidad continuaremos informando a medida que avance el acuerdo.

Lee la noticia en la web de AOECS: https://www.mynewsdesk.com/aoecs/pressreleases/aoecs-welcomes-landmark-codex-agreement-on-gluten-labelling-3458555?utm_campaign=send_list

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